lunes, 31 de agosto de 2015

El contexto internacional de la Economía (IV)

La Unión Europea.

La Unión Europea (UE) representa un ejemplo claro, primero, de unión aduanera y posteriormente de unión económica.

Este espíritu de unión e integración económica comenzó a desarrollarse a finales de la Primera Guerra Mundial pero no pudo concretarse como consecuencia del clima ultranacionalista (entre ellos el fascismo) posterior a la crisis de 1929.  La unión tuvo que esperar a la finalización de la Segunda Guerra Mundial y la situación de decadencia que en ella provocó, puesta de manifiesto con la pérdida de las colonias (proceso de descolonización), así como la inferioridad frente a otras superpotencias como Estados Unidos o la extinta URSS.

Europa tenía que llevar a cabo un proceso de reconstrucción que unido al desarrollo del Plan Marshall dieron lugar a la creación de la OECE (Organización Europea de Cooperación Económica) en 1948) con el fin de administrar las ayudas del Plan.

El proceso de construcción de la UE consta de varias fases y antecedentes:
  • El primero de ellos lo identificamos en 1833 con la creación del Zollverein, formada por la unión aduanera de los estados alemanes (a su vez, el antecedente del mismo lo encontramos en las uniones aduaneras entre Prusia y Hesse-Darmstadt y otra entre Baviera y Wurtemberg, donde existía un arancel común y libre circulación de mercancías entre ellas.
  • En el periodo de entreguerras se inspiró la creación de una Unión Europa, donde debemos mencionar a dos figuras, la de Richard Coudenhove-Kalergi (1894 - 1972) y la de Aristide Briand (1862 - 1932).  El primero de ellos plasmo sus ideas en varias publicaciones que darían lugar a su libro Paneuropa, mientras que el segundo propuso la creación de una Sociedad de Naciones.
    • "(…) La unión Pan-Europea se declara consagrarse [a preservar] el patriotismo europeo, cúspide [valor supremo] de las identidades nacionales de todos los europeos. En una época de interdependencias y de desafíos mundiales, solamente una Europa fuerte y políticamente unida puede garantizar el avenir [futuro] de sus pueblos y entidades étnicas. La unión Pan-Europea reconoce la autodeterminación de los pueblos y el derecho de los grupos étnicos al desarrollo cultural, económico y político (…)". 
COUDENHOVE-KALERGI, RICHARD. (1923) Paneuropa.
  • Como hemos mencionado, Europa debería esperar a la finalización de la Segunda Guerra Mundial donde surge la necesidad de una verdadera unión: UNRRA que desaparece con el programa de recuperación europeo o Plan Marshall de 1947 y la creación de la OECE en 1948 para administrar las ayudas.
    • La OECE significa la puesta en marcha de la cooperación y organización de la Europa Occidental y el establecimiento de la CEE (Comunidad Económica Europea).
    • Marcaba la necesidad de entendimiento entre países con fuerte enfrentamiento: Francia y Alemania.
  • De forma paralela se produce la creación del Benelux, que es la unión aduanera formada por Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo en 1948 (su tratado es del 05/09/1944).
  • En este clima de entendimiento, ayuda y cooperación surge el tratado de la CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero) que representa una unión aduanera que permitía el libre comercio del carbón y del acero entre los países del Benelux, Francia, Italia y la República Federal Alemana (Reino Unido rechazo participar en el mismo).
  • Los Tratados de Roma surge como respuesta al entendimiento que surge ante una mayor integración económica.  En un primer momento surgen dos nuevas instituciones: el EURATOM (Comunidad Europea de la Energía Atómica) y la CEE.  Los Tratados de Roma se firman en 1957 por Bélgica, Holanda, Luxemburgo, República Federal Alemana, Francia e Italia.
  • Desde entonces la CEE experimenta sucesivas ampliaciones:
    • Oposición de Francia a la integración de UK, finalmente fue aprobada su adhesión en 1972 junto con Irlanda, Dinamarca y Noruega (quien no ratifico su adhesión).
    • 1981: Grecia.
    • 1986: Acta Única Europea (objetivo de mercado interior frente al anterior de mercado común).  Adhesión de España y Portugal.
    • 1991: Tratado de Maastricht: integración de los tratados: CECA, CEE y EURATOM, posteriormente modificados por los tratados de Ámsterdam, Niza y Lisboa.
    • 1993: Entra en vigor la Unión Europa (UE) con la Unión Económica y Monetaria, Política exterior y de Seguridad Común y Ciudadanía Europea (pilares de Maastricht).
    • 1996: ampliación hacia el Este (provenientes en su mayoría del COMECOM).
    • Actualmente la UE cuenta con los siguientes miembros:
      • Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y Países Bajos (1958).
      • Dinamarca, Irlanda y Reino Unido (1973).
      • Grecia (1981).
      • España y Portugal (1986)
      • Austria, Finlandia y Suecia (1995).
      • Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa (2004).
      • Bulgaria y Rumanía (2007).
      • Croacia (2013).
    • En camino hacía la adhesión: Albania, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Islandia, Montenegro, Serbia, Turquía.
    • Candidatos potenciales: Bosnia y Herzegovina, Kósovo.

Fuente: http://europa.eu/index_es.htm


El Tratado de Roma sentó las bases para que la unión aduanera culminase en la unión económica con una política comercial común, política agraria común (PAC), libre circulación de factores (tierra, capital y trabajo), política social y de desarrollo (fondos estructurales: FSE, FEDER y BEI), regulación de la competencia, política monetaria, una serie de instituciones comunes y las transformación de las comunidades.

Actualmente la Unión Europea cuenta con las siguientes instituciones y políticas.


Instituciones europeas:
  • Parlamento europeo: Representa a los ciudadanos de la UE y es elegido democraticamente cada cinco años (hasta 1976 eran elegidos por los respectivos parlamentos nacionales, cambiándolo el 20 de Septiembre de 1976 por el sufragio universal).  Sus sedes se encuentran en Estrasburgo y Bruselas.  Entre sus funciones se encuentra el control de la Comisión Europea, propone leyes y aprueba los presupuestos económicos.
  • El Consejo de la UE: representa a los estados miembros.  Esta constituido por ministros de cada Gobierno de la UE según el tema tratado.  Su presidencia es rotatoria con una duración de seis meses y tiene su sede en Bruselas.  Entre sus funciones se encuentra la aprobación, junto con el Parlamento, del presupuesto comunitario, el desarrollo de la política exterior y de seguridad común, la aprobación de leyes y la coordinación de la política económica.
  • La Comisión Europea: defiende los intereses de la Unión y es la pieza clave del conjunto.  Esta formado por un presidente(a) y 27 comisarios renovados cada 5 años y tiene su sede en Bruselas.  Sus funciones consisten en: proponer leyes, representar a la UE en la escena internacional (negocia los acuerdos internacionales) y ejercer una labor de Gobierno europeo.
  • Tribunal de Justicia: Esta formado por 27 jueces, vela por el cumplimiento de las leyes de la Unión y tiene sede en Luxemburgo.  Entre sus funciones se encuentra la de dictar sentencias y vigilar el cumplimiento de las leyes de la Unión.
  • Tribunal de Cuentas: entro en funciones en 1977 y controla los presupuestos de la Unión, esta formado por un miembro de cada país con una mandato de seis años y tiene sede en Luxemburgo.  Sus funciones son asesorar al Parlamento y al Consejo y comprobar el cumplimiento del presupuesto de la Unión.
  • El Banco Central Europeo (BCE):  comenzó a funcionar, junto con el euro, el 1 de enero de 1999. Es la institución encargada de dirigir la política monetaria de la Unión Monetaria Europea. Once países están representados en el BCE.


Políticas comunitarias:
  • Política Agraria Común (PAC).  Sus antecedentes hay que buscarlos en las impresiones de los economistas agrarios que señalan al sector agrícola como un sector diferente al secundario y terciario por los distintos factores de la oferta y la demanda (dependencia del factor tierra, efectos climáticos, etc.), situándolo en condiciones de inferioridad relativa.  A su vez, sus argumentaciones pretenden evitar la dependencia del exterior en materia alimentaria, así como el despoblamiento de los núcleos rurales.  Entre sus principios y objetivos encontramos los siguientes:
    • Principios:
      • Política de precios común buscando la unidad de mercado.
      • Establecer una preferencia comunitaria para evitar importaciones de terceros países.
      • Solidaridad financiera (ayuda y cooperación).
      • Política de desarrollo rural (actividades comunes de integración económica).
    • Objetivos de la PAC:
      • Estabilizar los mercados y asegurar la cadena de aprovisionamiento, evitando cualquier problema de abastecimiento, así como la existencia de precios "razonables".
      • Garantizar el nivel de vida de los agricultores.
      • Cuidad por el medio ambiente y mantener las comunidades rurales viables (desarrollo sostenible).
  • Pesca. Política de mercados y precios mediante las asociaciones de productores, acuerdos con terceros países, política estructural de modernización del sector y gestión y conservación de productos del mar (desde los años ochenta).
  • Transportes y Energía. En transporte política existencia de una política común a partir de los 90.   En cuanto al transporte se trabaja en políticas de ahorro, alternativas al petróleo y liberalización del sector energético.
  • Industria, comercio y desarrollo.
    • Política industrial: apoyo a las empresas, políticas de investigación y de protección del medio ambiente.
    • Facetas de la política comercial común (el pilar de la UE es el Comercio).
      • Política comercial autónoma: aranceles como media proteccionista, régimen general de importaciones y exportaciones, medidas anti-dumping.
      • Política comercial convencional: negociación y acuerdos, así como de desarrollo con terceros.
  • Sistema Monetario Europeo. Moneda única y bandas de fluctuación (evitar la especulación, ampliadas como consecuencia de la crisis del 2008).  
  • Sistema Fiscal y política macroeconómica. Impuestos vía IVA.  A nivel macroeconómico políticas de creación de empleo y de control del gasto como consecuencia de la actual crisis económica. 

Repaso de los principales acuerdos firmados por los países miembros de la Unión Europea.




  • Tratado de Paris (1951), Comunidad Económica del Carbón y del Acero (ver imagen países miembros).

  • Tratado de Roma (1957): “Tratado relativo a la creación de la Comunidad Económica Europea – Mercado Común Europeo).
Su Majestad el Rey de los Belgas, el Presidente de la República Federal de Alemania, el Presidente de la República Francesa, el Presidente de la República Italiana, Su Alteza Real la Gran Duquesa de Luxemburgo, Su Majestad la Reina de los Países Bajos (…);  Considerando como meta esencial de sus esfuerzos la mejora constante de las condiciones de vida y de empleo de sus pueblos (…) Preocupados por fortalecer la unidad de sus economías y asegurar el desarrollo armónico de las mismas (…); Han decidido crear una Comunidad Económica Europea (…) Art. 1. Por el presente tratado, las Altas Partes Contratantes instituyen entre sí una Comunidad Económica Europea. Art. 2. La Comunidad tiene por objeto, mediante el establecimiento de un mercado común (…).  Art. 3. La acción de la Comunidad (…) supone: eliminación de impuestos en aduanas, política comercial común frente a terceros, eliminación de obstáculos a los pises miembros (personas y capitales), política agraria común (PAC), política común sector transportes, Fondo Social Europeo”

  • Tratado de Maastricht (1992).
“La Unión tendrá los siguientes objetivos: 1. promover un progreso económico y social equilibrado y sostenible, principalmente mediante la creación de un espacio sin fronteras interiores, el fortalecimiento de la cohesión económica y social y el establecimiento de una unión económica y monetaria que implicará, en su momento, una moneda única, conforme a las disposiciones del presente Tratado, 2.afirmar su identidad en el ámbito internacional, en particular mediante la realización de una política exterior y de seguridad común que incluya, en el futuro, la definición de una política de defensa común que podría conducir, en su momento, a una defensa común, 3. reforzar la protección de los derechos e intereses de los nacionales de sus Estados miembros, mediante la creación de una ciudadanía de la Unión (…) 4. desarrollar una cooperación estrecha en el ámbito de la justicia y de los asuntos de interior”.
  •  Espacio Schengen (1995).
“La entrada en vigor de los Acuerdos de Schengen, el domingo 26 de marzo de 1995, marca el inicio de la libre circulación de personas en el interior de Europa.  Por el momento, la mediada afectará solo a nueve países: Francia, Alemania unificada, Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Austria, Grecia, España y Portugal.  Lo mas espectacular es la supresión de los controles de identidad en los aeropuertos de los pises miembro para todo los vuelos procedentes del espacio Schengen (…)  El acuerdo instituye una frontera exterior única.  Los viajeros procedentes de terceros países pasaran los controlen en el punto de entrada del espacio común”.  
Adaptado de Le Monde, 25 de marzo de 1995.

  • Tratado de Ámsterdam (1999).
“La Unión respetará los derechos fundamentales tal y como se garantiza en el Convenio Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales firmado den Roma el 4 de noviembre de 1950, y tal y como resultan de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros como principios generales del Derecho comunitario. Reconoce a los ciudadanos de la Unión el derecho a dirigirse a los organismos dela UE en cualquiera de las doce lenguas y a recibir respuesta redactada en la misma lengua (…).  Cada uno de los estados miembro se obliga a ofrecer el nivel de conocimiento mas elevado posible (…) La puesta en marcha de la moneda única (…) activar políticas conjuntas (…) supresión de controles fronterizos (acuerdos Schengen) (…) garantizar la seguridad por medio de Europol”. 
  • Europa en una encrucijada (2001).
“Ahora que ha terminado la Guerra Fria y que vivimos en un mundo a la vez mas mundializado y atomizado, Europa debe asumir su responsabilidad en la gestión de la globalización.  El papel que debe desempeñar es de una potencia que lucha decididamente contra toda violencia, error y fanatismo, pero que tampoco cierra los ojos ante las injusticias (…) La única frontera que establece la Unión Europea es la de la democracia y los derechos humanos.  La unión solo esta abierta a los piases que respeten valores fundamentales, tales como unas elecciones libres, el respeto de las minorías y el Estado de derecho”.
Fragmento de la declaración común de los jefes de Estado o de Gobierno de la UE, Cumbre de Laeken, 15 de diciembre de 2001.
    • Proyecto de Constitución Europea – Roma (2003)
    “La presente Constitución, que nace de la voluntad de los ciudadanos y de los Estados de Europa de construir un futuro común, crea la Unión Europea, a la que los Estados miembros confieren competencias para alcanzar sus objetivos comunes. La Unión coordinará las políticas de los Estados miembros encaminadas a lograr dichos objetivos y ejercerá, de modo comunitario, las competencias que éstos le transfieran”. 
    • Tratado de Lisboa (2007)
    “La presidencia del Consejo la asumirá una misma persona durante dos años y medio renovables.  El alto representante asumirá la vicepresidencia de la Comisión.  Las votaciones serán por doble mayoría: 55% de los Estados y  65% de la población de toda la Unión.  La cara de los derechos fundamentales será de aplicación legal en todos los Estados, salvo Reino Unido.  Las cámaras legislativas nacionales podrán devolver a la Comisión los proyectos que invadan sus competencias”. 


    GIL PECHARROMAN, J. (2013).  Historia de la Integración Europea.  UNED.

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